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Referencia del Arancel de Importación del Ecuador

Descripción general de la importación

De acuerdo con las regulaciones de importación de la República del Ecuador, tanto los importadores individuales como las entidades comerciales están obligados a remitir los derechos de importación e impuestos auxiliares sobre las mercancías importadas. Específicamente, para la importación de tractores agrícolas, estos gravámenes se computan sobre la base del valor del flete, representado por el precio de Costo, Seguro y Flete (CIF). Al mismo tiempo, esas importaciones están sujetas a la imposición de un impuesto empresarial, un impuesto al fondo de desarrollo infantil y, cuando corresponda, un impuesto al consumo sobre determinados bienes específicos.

Referencia del código HS del tractor

Código SAExplicaciónConvertir a caballos de fuerza
8701.92.00.00Los demás tractores con una potencia del motor superior a 18 kW pero inferior o igual a 37 kW24 - 50 CV
8701.93.00.00Los demás tractores con una potencia del motor superior a 37 kW pero inferior o igual a 75 kW50 - 100 CV
8701.94.00.00Los demás tractores con una potencia del motor superior a 75 kW pero inferior o igual a 130 kW100 - 175 CV
8701.95.00.00Tractores de ruedas con potencia de motor superior a 130 kW> 175HP

divisa de referencia

Dólar

Datos de tarifas e impuestos

Código SATarifas de importaciónImpuesto al Valor Agregado (IVA)Impuesto del Fondo de Desarrollo Infantil (FODINFA)
8701.92.00.005.0% CIF12.0 % CIFD0.5% CIF
8701.93.00.005.0% CIF12.0 % CIFD0.5% CIF
8701.94.00.005.0% CIF12.0 % CIFD0.5% CIF
8701.95.00.005.0% CIF12.0 % CIFD0.5% CIF

Notas explicatorias

Punto de partida

Los productos importados están exentos de derechos de aduana e IVA si el precio FOB de los productos no supera los 400 dólares EE.UU. y el peso real no supera los 4 kg. Sin embargo, todavía se cobra el impuesto FODINFA.

IVA

Impuesto al valor agregado = la tasa estándar del impuesto al valor agregado es del 12% × (precio CIF + tarifa aplicable).

FODINFA (Fondo de Desarrollo Infantil)

Se aplica el 0.5% a la base imponible de importación.

Impuesto a los Consumos Especiales (ICE)

Para la categoría de productos de tractores, el programa es del 0.0%.

Recurso oficial

1. Sitio web oficial de la Aduana del Ecuador

2. Instrucciones para Asuntos de Importación de Ecuador

3. Consulta de tarifas de productos

4. Proceso de Importación a Ecuador

Preguntas frecuentes para obtener una tarifa preferencial

Pueden importar todas las Personas Naturales o Jurídicas, ecuatorianas o extranjeras residentes en el país que hayan sido registradas como importadoras en el sistema ECUAPASS y aprobadas por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador.

Una vez gestionado el RUC en el Servicio de Impuestos Internos deberás:

Paso 1

Adquirir el Certificado Digital de firma y autenticación electrónica otorgado por las respectivas entidades:

Paso 2

Regístrate en el portal de ECUAPASS: (http://www.ecuapass.aduana.gob.ec)

Aquí puedes:

Actualizar base de datos
Crear nombre de usuario y contraseña
Aceptar las políticas de uso
Registrar firma electrónica
Revisar el boletín 73-2019, que contiene el instructivo del sistema que indica paso a paso el registro de usuarios al portal ECUAPASS.

Para realizar los trámites de despacho aduanero de mercancías, es necesario contar con la participación del importador o de un Agente de Aduana, quien deberá estar debidamente acreditado ante el SENAE. El listado de Agentes Aduanales autorizados se encuentra en la siguiente ruta: www.aduana.gob.ec > Servicios para OCE's > Agentes Aduanales.

El DAI deberá transmitirse a través del sistema informático del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, en un plazo no mayor a quince días naturales anteriores a la llegada del medio de transporte, y hasta treinta días naturales siguientes a la fecha de su llegada; De no cumplirse dentro de dicho plazo, los bienes quedarán inmersos en alguna de las causas de abandono tácito, conforme a lo establecido en el literal a) del artículo 142 del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones.

Dependiendo del tipo de mercancía a importar, se deberán adjuntar a la DAI los siguientes documentos:

Documentos que acompañan

Los documentos de acompañamiento son los que se denominan control previo, y deben ser tramitados y aprobados antes del embarque de la mercancía importada. (Art. 72 del Reglamento del Libro V del Copci).

Documentos de apoyo

Constituirán la base de información de la DAI ante cualquier régimen. Estos documentos originales, ya sean físicos o electrónicos, deberán permanecer en el expediente del declarante o de su Agente Aduanal al momento de la presentación o transmisión de la Declaración Aduanera, y estarán bajo su responsabilidad de conformidad con lo establecido en la Ley. (Art. 73 del Reglamento del Libro V del Copci).

Documento de transporte
Factura comercial o documento que acredite la transacción comercial
Certificado de origen (cuando corresponda)
Documentos que el SENAE o el Organismo Regulador del Comercio Exterior considere necesarios.
Una vez transmitido el DAI, el sistema informático del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador le entregará el número de la declaración aduanera de importación y el canal de capacidad correspondiente.

Importación para Consumo (Art. 147 COPCI)
Admisión Temporal para Reexportación en el mismo estado (Art. 148 COPCI)
Admisión Temporal para Mejoramiento Activo (Art. 149 COPCI)
Reposición de Bienes con Exención Arancelaria (Art. 150 COPCI)
Transformación bajo control aduanero (Art. 151 COPCI)
Depósito Aduanero (Art. 152 COPCI)
Reimportación en el mismo estado (Art. 153 COPCI)

Renuncia de responsabilidad:

Toda la información difundida a través de este sitio web se deriva directamente de los sitios web oficiales de aduanas de cada país o región respectivo. Es imperativo comprender que los resultados de búsqueda presentados en este documento tienen únicamente fines informativos y no deben interpretarse como una base legal para ninguna transacción u obligación.
Además, cualquier información relativa a las tasas impositivas preferenciales obtenida a través de esta plataforma pretende servir únicamente como referencia preliminar. Para conocer las tasas impositivas oficiales y legalmente vinculantes, se recomienda encarecidamente a las partes interesadas que consulten las publicaciones oficiales de las autoridades aduaneras de cada país específico.

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